viernes, 17 de abril de 2009

DEFENDAMOS EL DERECHO DE HUELGA FRENTE A LOS PANDILLEROS DEL GOBIERNO FALLIDO.


DEFENDAMOS EL DERECHO DE HUELGA FRENTE

A LOS PANDILLEROS DEL GOBIERNO FALLIDO.

 

Ayer a la medianoche -hora en la que normalmente trabajan los ladrones- la Junta Federal de Conciliación Arbitraje resolvió dar por terminadas las relaciones de trabajo individuales y colectivas de los 1200 obreros de la empresa Minera de Cananea S.A. de C.V., que están en huelga desde hace más de un año y ocho meses, argumentando que la empresa "acreditó la existencia de una causa de fuerza mayor, no imputable a ella, consistente en que la Unidad Minera de Cananea se encuentra con daños y destrucción ocasionados a la maquinaria, materiales, instalaciones y equipos esenciales para su funcionamiento y operación, de tal gravedad que producen como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la terminación de los trabajos". Esta resolución se dictó dentro de un procedimiento especial, a solicitud del patrón.

Debe aclararse que en Cananea hay una huelga de trabajadores, que aunque ha sido declarada inexistente varias ocasiones por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, los huelguistas siempre han obtenido en contra de ellas el amparo y protección de la Justicia Federal.

Haciendo una interpretación correcta de los artículos 447, 448 y 924 de la Ley Federal del Trabajo, la huelga suspende todo procedimiento, juicio, incidente y hasta la ejecución de laudos y sentencias que puedan alterar la suspensión de labores por parte de los huelguistas. Además, el artículo 449 de la Ley Federal del Trabajo obliga a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y a las autoridades civiles correspondientes a hacer respetar el derecho de huelga, dando a los trabajadores las garantías necesarias y prestándoles el auxilio que soliciten para suspender el trabajo.

Esta resolución dar por terminadas las relaciones de trabajo en la mina de Cananea constituye una burda y vulgar maniobra del Gobierno Federal en contra del derecho de huelga de los trabajadores, que por su importancia y trascendencia forma parte del orden público de este país. La trascendencia mayor del artículo 123 constitucional estriba en que junto a las garantías individuales, la Constitución creó las garantías sociales o colectivas. Estas garantías le dieron al supremo derecho público de México un nuevo carácter, porque reconocieron como principio normativo ya no solo la libre voluntad de las partes, sino el derecho de los trabajadores a presionar al patrón para obligarlo a aceptar sus demandas. Convertir la presión de una clase social sobre otra como fuente del Derecho representó una verdadera revolución en la superestructura jurídica del país.

AUNQUE ESTA NO ES LA PRIMERA VEZ QUE LAS AUTORIDADES REPRESIVAS DEL PAIS AGREDEN EL DERECHO DE HUELGA DE LOS TRABAJADORES, COMO LO HAN HECHO POR MEDIO DE LA REQUISA Y DE DECLARACIONES ARBITRARIAS DE INEXISTENCIA O ILEGALIDAD DE LA MISMA, NUNCA HABIAN LLEGADO AL ABSURDO DE CONSIDERAR QUE LA HUELGA ES "UNA CAUSA DE FUERZA MAYOR" PARA TERMINAR LAS RELACIONES DE TRABAJO Y QUE ESTA CAUSA NO ES IMPUTABLE AL PATRON SINO A LOS TRABAJADORES HUELGUISTAS.

Si en adelante todas las huelgas van a ser consideradas como causa de fuerza mayor para terminar las relaciones laborales, las autoridades del trabajo, sin tener ninguna facultad, habrán desaparecido para siempre el artículo 123 constitucional, la Ley Federal del Trabajo y todas las disposiciones de carácter laboral, cometiendo en cierta forma un golpe de Estado.

El Partido de los Comunistas, aun y cuando estas autoridades hayan cometido el delito de desacato a una sentencia de amparo y hayan caído en las responsabilidades administrativas graves y sean por tanto merecedores de la prisión y del juicio político, no pide ni demanda que se inicien en su contra los procedimientos correspondientes, sino que se larguen del poder junto con todos sus cómplices que están actualmente al frente de los destinos de la Nación.

Por todo lo antes expuesto, el Partido de los Comunistas expresa su más amplia e incondicional solidaridad con los trabajadores mineros de Cananea, reiterando que continuaremos nuestros esfuerzos por contribuir a su lucha, redoblando el trabajo para rescatar los cuerpos de los 63 mineros abandonados en Pasta de Conchos.

 

¡Proletarios de todos los países, uníos!

México, Distrito Federal, a 15 de abril de 2009.

 

La Dirección Colectiva del Comité Central.


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ser como el clavo, que aun oxidado, sigue siendo clavo

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