domingo, 17 de enero de 2010

matriimonio de siglo xxi


Leonardo Belderrain (Desde Buenos Aires, Argentina. Especial para ARGENPRESS CULTURAL)

La Iglesia Católica de los obispos latinoamericanos de Medellín, decidió repensarse desde los pobres, desde los excluidos, desde aquellos que son discriminados y separados por no reunir ciertas condiciones aceptadas por las sociedades y las estructuras tradicionales.

Entre esos marginados se hallan las minorías sexuales y es por ello que muchos cristianos han comenzado a cuestionar el estatus jurídico que se otorga a las uniones civiles. Dichas uniones tienen regulaciones muy precarias, de cara al divorcio, la adopción, o a resolver cuestiones relativas a la herencia de los bienes de los convivientes. Las legislaciones vigentes han abordado estos temas, en lo que se refiera a las parejas heterosexuales, pero no es así cuando se trata de otro tipo de uniones. Entonces surgen las preguntas: ¿Si no hay un hombre y una mujer puede haber matrimonio? ¿Pueden coexistir homomonios y heteromonios verdaderos? ¿Las uniones homosexuales confieren a la institución matrimonial un contenido contrario a su naturaleza, a su génesis o a su objeto propio? ¿Las diversas formas de vivir el amor de pareja, como existen hoy en la cultura urbana, pueden llamarse matrimonios?

Hay dos circunstancias recientes que están provocando un debate en el seno de la sociedad nacional, vinculadas a la naturaleza del matrimonio como institución social y como núcleo del sistema familiar.

Por un lado existen en la Cámara de Diputados de la Nación proyectos de ley que pretenden la modificación del artículo 172 del Código Civil. En esta norma se establece como requisito de la existencia de un matrimonio, el consentimiento válido prestado por un hombre y una mujer. Los proyectos de modificación proponen sustituir la necesaria comparencia del "hombre y la mujer" por el término "contrayentes". De este modo –si las modificaciones prosperaran– el matrimonio ya no sería un vínculo entre hombre y mujer, sino que podría estar constituido por dos personas del mismo sexo. En la misma línea, un juzgado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acaba de declarar inconstitucional el artículo 172, en tanto impide la existencia de matrimonio entre personas del mismo sexo. Será la Corte Suprema de Justicia de la Nación, órgano judicial que actúa en última instancia en materia de control constitucional de las leyes, quien tenga la palabra final sobre la cuestión.

Al respecto, es oportuno recordar que una regulación no es derecho por su sola imposición como régimen obligatorio de convivencia. Por el contrario, la subsistencia ordenada de la sociedad política es posible si se comporta con sujeción a normas que prevalecen sobre el arbitrio individual, y que valen por sí en tanto tienen un propósito o finalidad que las especifica. Consiguientemente, el derecho es tal, en tanto y en cuanto promueve o se propone promover la satisfacción de aquellas exigencias de la naturaleza humana que sólo se pueden obtener mediante la vida en relación.

El derecho aparece siempre en una cierta relación con el destino del hombre y con la posibilidad de que alcance su plenitud. La igualdad significa precisamente la exigencia constitucional de tratar igual lo que es igual y diferente lo que es diferente. No hacerlo implica precisamente lo que se conoce como discriminación inversa (obviar que algunos históricamente han sido víctimas de homofobia estructural puede conllevar una complicidad tendenciosa).

Por lo demás, la norma que establecía que el matrimonio debía celebrarse entre personas de distinto sexo y pretendía una justificación objetiva y razonable, ha sido objeto de amplios debates en muchos países. Se ha comprendido que los beneficios del matrimonio heterosexual, sobretodo en países muy despoblados, es de interés para el Estado, quien privilegia ese tipo de uniones que tienden a la procreación, pues garantizan el crecimiento y constituyen la base para un estilo de familia que se afianzó en las sociedades del siglo XIX y principios del siglo XX.

Las familias del siglo XXI son bastante diferentes. Se trata de familias ensambladas que cuentan con padres o madres biológicos, y también con padres y madres que, sin haber procreado a sus hijos, viven con ellos y desempeñan plenamente esos roles. En la cultura posmoderna ¿Quién es un padre? ¿Quién es una madre? Y cabe preguntarse ¿Qué es una familia? Y ¿Qué necesita un hijo para crecer?

El Papa Benedicto XVI ha señalado que el amor erótico (con base biológica), sin su correlato agápico, es caricaturesco, pues la matriz de la unión cristiana es el amor agápico. El amor es entre dos seres, no entre dos cuerpos o dos egos, y va más allá de la finalidad, por cierto válida, de la procreación que garantiza la continuidad de la especie humana. En este contexto, en la elección de la pareja debería importar, por encima de cualquier otro valor, el amor agápico (según el cristianismo) o el amor sátvico (según el hinduismo), es decir, el amor que ama hasta dar la vida, que busca permanentemente la felicidad del otro, que no es egoísta y por lo tanto no pretende exclusividad absoluta o retener al otro a cualquier precio, sino que favorece la libertad de su pareja para que pueda alcanzar la plenitud como ser humano.

Al margen del análisis sobre la factibilidad o no de la regulación jurídica de las uniones homosexuales y/o heterosexuales, lo cierto es que en esta nueva cultura posmoderna todos deberíamos repensar el sentido del matrimonio.

Aquellos países que admiten el matrimonio entre personas del mismo sexo (por ejemplo Holanda y Bélgica), distinguen en orden a los efectos de filiación y determinación de la paternidad, si se trata de una unión heterosexual u homosexual. Esto da cuenta de las realidades diversas que hoy existen y de la educación que se brinda desde lo espiritual y lo transpersonal.

El film Filadelfia fue emblemático y prolectico (anticipativo de la cultura posmoderna) en lo que se refiere a quién es o quién actúa como una verdadera pareja. En este sentido, la condición heterosexual no es lo más importante. Lo que une a esos seres es el amor agápico, más allá de su condición de género.

La potencia vital de la intersexualidad y el amor magnánimo demostrado por muchos homosexuales en la cultura post-sida, debe encontrar necesariamente un nuevo correlato expresivo en el lenguaje común y en el lenguaje jurídico. Este es el único amor que condensa lo mejor de las instituciones tradicionales y es por eso que hoy siguen vigentes.

Llamar matrimonio a un vínculo que por su calidad no da garantías de un amor verdadero, es un despropósito. El amor verdadero es el que va en busca del hijo perdido y el que se hace cargo del indefenso. Es el que ama hasta dar la vida.

El amor oblativo, que nunca abandona, ya es eterno, y constituye el verdadero sacramento de los cristianos, pues es un signo visible del amor de Dios. Todo lo demás, en mi modesta opinión, es cultural y está muy mediatizado por los fines de cada sociedad, y por consiguiente depende del contexto histórico y de los demás elementos que conforman cada cultura. Por lo tanto pueden cambiar a medida que ésta evoluciona.

La Capilla Santa Elena del Parque Pereyra Iraola y la Universidad Favaloro quieren estar decididamente presentes en este debate, para afirmar su convicción de que el matrimonio es una institución cuya naturaleza descansa en un vínculo entre personas que experimentan un amor espiritual (agápico o sátvico), que excede lo estrictamente biológico. Su objetivo es el amor recíproco de los cónyuges, el cual se derrama a su vez en los hijos biológicos, los hijos espirituales, los hermanos, los padres y los amigos, en los más necesitados y en toda la humanidad. Donde no hay este amor no puede haber matrimonio consumado. Esta definición reconoce su arraigo en una larguísima tradición judeocristina, en sintonía con el patrimonio de las grandes religiones universales, donde el amor o el "ordo amoris" desde los marginados, es el motor de la historia.

Los poetas han demostrado entender más sobre el amor que muchos teólogos:

Uno está enamorado cuando se da cuenta de que otra persona es única. Borges, Jorge Luis.

Amar no es mirarse el uno al otro; es mirar juntos en la misma dirección. Antoine de Saint-Exupery.

Es una locura amar, a menos de que se ame con locura. Proverbio latino.

Porque el amor cuando no muere mata porque amores que matan nunca mueren. Joaquin Sabina

Soneto 116 por William Shakespeare

Que para la unión de las almas sinceras
yo no admita impedimentos.
El amor no es amor
si se altera al enfrentar la alteración,
o flaquea cuando el que parte se aleja:
¡Oh, no! Es un faro siempre en pie,
que ve pasar las tempestades
y nunca es derribado;
Es la estrella para el navío a la deriva,
de valor incalculable,
aunque se mida su altura.
El amor no es juguete del tiempo,
aunque el carmín de labios y mejillas
caiga bajo el golpe de su guadaña.
El amor no se altera
con sus cortas horas y semanas,
sino que todo lo soporta
hasta el final de los tiempos.
Si esto no es cierto
nada de lo que he escrito vale
y ningún hombre ha amado.

Y es que tú… amada amante,
das la vida en un instante,
sin pedir ningún favor.
Este amor siempre sincero,
sin saber lo que es el miedo,
no parece ser real.
Que me importa haber sufrido,
si ya tengo lo más bello,
y me da felicidad. Roberto Carlo

Leonardo Belderrain es Profesor de Bioética de la Universidad Favaloro, Buenos Aires, Argentina.

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